Exp. 423/2026
Juicio Ordinario Civil
Asistente del Expediente
Tengo acceso a todos los acuerdos de este caso. Pregúntame sobre el estado, plazos, estrategia o pídeme que redacte un escrito.
Elias es un asistente de IA. Sus respuestas son orientativas y no constituyen asesoría legal formal.
Línea de Tiempo
5 acuerdos · Exp. 423/2026
Sentencia Definitiva
Se dicta sentencia definitiva en la que se declara PROCEDENTE la acción interpuesta por el Fideicomiso Patrimonial Las Cumbres. Se condena a Desarrolladora Occidente, S. de R.L. de C.V. al pago de $6,500,000.00 M.N. por concepto de daños y perjuicios, más los intereses legales correspondientes a partir de la fecha de la notificación. Sentencia apelable dentro del término de ley.
Audiencia Final de Alegatos
Se celebra la audiencia final en la que las partes formulan sus alegatos orales. El abogado de la parte actora sustentó la procedencia de la acción en la pericial rendida. La parte demandada sostuvo la excepción de cumplimiento parcial del contrato. El juez se reserva para dictar sentencia dentro del plazo de ley.
Dictamen Pericial Presentado
Se tiene por presentado el dictamen pericial en valuación inmobiliaria rendido por el Arq. Sergio Leal Domínguez. El perito concluye que el inmueble objeto del litigio tiene un valor comercial de $8,200,000.00 M.N. La parte demandada solicita la designación de perito tercero en discordia, lo que se acuerda conforme a derecho.
Acuerdo de Apertura a Prueba
Se abre el juicio al período probatorio. Se admiten las pruebas ofrecidas por ambas partes: documental pública, confesional, testimonial y pericial en materia de valuación inmobiliaria. Se señalan fechas para el desahogo de las pruebas que así lo requieran.
Auto de Admisión de Demanda
Se admite la demanda ordinaria civil interpuesta por el Fideicomiso Patrimonial Las Cumbres en contra de Desarrolladora Occidente, S. de R.L. de C.V. Se reclama el pago de daños y perjuicios derivados del incumplimiento en la entrega del desarrollo habitacional contratado. Queda registrado bajo el expediente 423/2026.